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Chihuahua

Anuncian periodo de podas del 15 de noviembre al 15 de febrero

El Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, informa a la ciudadanía chihuahuense que el periodo de “podas” será del 15 de noviembre del 2023 al 15 de febrero del 2024, por lo cual, se invita a la población a cumplir con las fechas establecidas y con ello evitar afectaciones al medio ambiente y multas.

Oficialmente se considera el periodo de poda durante los meses de enero y febrero, suponiendo que durante esos meses las especies latifoliadas pierden su follaje, pero últimamente ha existido una variación en el inicio y término del invierno, por lo cual se debe considerar el periodo de autorización, anticipándolo y ampliando el periodo durante el lapso señalado.

Para llevar a cabo los permisos correspondientes podrán acercarse a dos direcciones municipales, dependiendo del área que se desee podar, es decir, si es una poda en lugares habitacionales, vía pública o parques será necesario acercarse a la Dirección de Mantenimiento Urbano, pero si su trabajo es en áreas comerciales podrá solicitarlo en la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología.

Cabe mencionar que la poda es el procedimiento más común de mantenimiento de los árboles. La poda inapropiada causa un daño que puede acortar la vida del árbol, o matarlo, todo trabajo deberá contar con la autorización de la autoridad correspondiente y el ejecutor deberá estar capacitado.

Los objetivos más comunes para podar son quitar ramas muertas, sobrepuestas, peligrosas y mejorar el aspecto del árbol. La vegetación arbolada y arbustiva de la mancha urbana de Chihuahua capital y áreas rurales se integra prácticamente por especies de ornato-sombra.

Las sanciones por incumplir estas indicaciones pueden ir desde las 50 UMAS (5 mil 187 pesos) hasta las 1000 UMAS (103 mil 740 pesos); además se deberá restituir lo dañado, es decir, tendrán que reemplazar con una cantidad de árboles.

Lo anterior viene estipulado dentro del Reglamento de Protección al Medio Ambiente del Municipio de Chihuahua en su Artículo 85, destacando que: “Queda prohibido y será objeto de sanción, causar daño a los árboles mediante mutilación, poda excesiva o innecesaria, remoción de la corteza, cortes circulares o colocación de objetos opresores en troncos, envenenamiento, aplicación de químicos u otros agentes nocivos a la flora”.

 

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